Con motivo de la celebración este 25 de Septiembre, del Día Internacional del Farmacéutico, y ante las noticias difundidas por los medios de comunicación y, sobre todo, ante los movimientos en redes sociales, los profesionales de las oficinas de farmacia, expertos en medicamentos, queremos aclarar que:
– Los medicamentos homeopáticos son medicamentos según ha establecido la Unión Europea en el artículo 1.5 de la Directiva 2001/83/CE, de 6 noviembre de 2001.
– Esta directiva tiene su aplicación en España en el artículo 50 de Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio. Este artículo reconoce y define los medicamentos homeopáticos como medicamentos.
– Su venta en farmacias está autorizada de acuerdo a la Disposición Transitoria 6ª del Real Decreto 1345/2007, de 11 de octubre, que derogó el RD 2208/1994 que autorizaba los medicamentos homeopáticos presentes en el mercado.
– Sin embargo, como medicamentos autorizados carecen de número de registro debido a la falta de desarrollo de la normativa de la ya mencionada Disposición Transitoria 6º del RD 1345/2007.
– Que esta situación transitoria se haya extendido durante la última década ha contribuido a un incremento de la inseguridad del sector en perjuicio de los farmacéuticos que los dispensan y que están siendo objeto de acoso y ataques personales en las redes sociales por movimientos organizados. La misma inseguridad afecta a los pacientes, que ven limitado su derecho a decidir libremente, tal y como establece la Carta Europea de los Derechos de los Pacientes. Su artículo quinto ratifica esta libertad de elección, además de incluirse en la ley 41/2002, básica reguladora de la autonomía del paciente, que establece como principio básico, en su artículo 2.3, que “el paciente o usuario tiene derecho a decidir libremente, después de recibir la información adecuada, entre las opciones clínicas disponibles”.
Por ello, queremos aclarar que la venta y dispensación de medicamentos homeopáticos en las oficinas de farmacia es totalmente legal, según la legislación actual, y solicitamos al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad que acometa cuanto antes el desarrollo de la legislación vigente para terminar con esta situación transitoria, máxime cuando ya hay un borrador de orden ministerial desde 2013.